26-05-2026

Mitos y realidades de la normativa camper en Canarias

¿Sabes qué es realmente legal al camperizar o viajar en furgoneta por las islas?

En FurgoCanarias nos dedicamos a la consultoría técnica y venta de furgonetas de segunda mano, y a diario vemos muchas dudas. Por eso, desmontamos los 10 mitos más comunes con su base legal real.




1.Pernoctar vs. Acampar

Mito: Con una furgoneta camperizada puedes desplegar el toldo y sacar mesas en cualquier aparcamiento público de las islas.

Realidad: Dentro del vehículo puedes dormir o cocinar (pernoctar), pero si desbordas el perímetro con toldos, sillas o niveladores, se considera acampada y es motivo de sanción.

Fuente oficial: Instrucción MOV 2023/28 de la Dirección General de Tráfico (DGT).




2.Reformas sin pasar por la ITV

Mito: Si los muebles del interior son "de quita y pon" o van sujetos con cinchas, no hace falta homologar nada.

Realidad: Cualquier elemento anclado al chasis o que modifique la estructura, los asientos o afecte a la seguridad vial se considera reforma de importancia y debe figurar en la ficha técnica tras pasar por la ITV.

Fuente oficial: Manual de Reformas de Vehículos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.




3.El mito del cambio de clasificación a "Vivienda"

Mito: Es obligatorio pasar la furgoneta a clasificación 3248 (Autocaravana) o 2448 (Furgón Vivienda) para poder viajar con muebles.

Realidad: Puedes mantenerla como furgón de carga (categoría N1) si la camperización se homologa de forma que la carga fija respete los paneles de separación, aunque lo ideal para viajar sin restricciones de velocidad es el cambio a turismo/vivienda (1048) o autocaravana.

Fuente oficial: Reglamento General de Vehículos (Real Decreto 2822/1998, Anexo II).




4.Límites de velocidad en Canarias

Mito: Todas las furgonetas camperizadas pueden ir a 120 km/h en las autopistas de Tenerife o Gran Canaria.

Realidad: La velocidad máxima depende estrictamente de la clasificación en su ficha técnica. Un furgón industrial (categoría N1) está limitado a 90 km/h en autopistas y autovías, mientras que si está matriculado como turismo o autocaravana de MMA menor a 3.5 toneladas, el límite es de 120 km/h. • Fuente oficial: Artículo 48 del Reglamento General de Circulación.




5.Las placas solares y la altura del vehículo

Mito: Colocar una placa solar fina (flexible) pegada al techo no se considera reforma porque no abulta nada.

Realidad: La instalación de paneles solares fotovoltaicos, al alterar el sistema eléctrico del vehículo y poder variar la altura total reflejada en la ficha técnica, requiere ser legalizada mediante proyecto técnico o informe de conformidad.

Fuente oficial: Manual de Reformas de Vehículos (Reforma número 8.52).




6.Homologar las bases giratorias de los asientos

Mito: Puedes comprar cualquier base giratoria por internet e instalarla tú mismo sin dar explicaciones en la ITV.

Realidad: Las bases giratorias modifican el sistema de anclaje de los asientos (un elemento de seguridad crítico). Deben contar con marcado CE, certificado de idoneidad para el modelo exacto de tu furgoneta y el certificado del taller que realizó la instalación.

Fuente oficial: Directiva 2005/41/CE del Parlamento Europeo.




7.El mito del gas y las cocinas portátiles

Mito: Si usas una cocina de cartuchos de gas portátil para hacer de comer dentro de la furgoneta, necesitas un certificado de gas oficial.

Realidad: Las instalaciones fijas (con tuberías rígidas y bombonas fijas) sí requieren obligatoriamente un proyecto y un boletín de gas revisado cada 4 años. Los aparatos portátiles autónomos no se consideran instalación fija.

Fuente oficial: Real Decreto 919/2006 (ITC-ICG 10).




8.Ventanas y claraboyas adicionales

Mito: Puedes cortar la chapa del furgón para poner las ventanas que quieras sin pedir permisos, siempre que no toques las vigas principales.

Realidad: Cualquier apertura en la carrocería original para instalar claraboyas o ventanas que modifique las dimensiones exteriores o afecte a la estructura del furgón requiere un informe de conformidad de un laboratorio de homologación.

Fuente oficial: Manual de Reformas de Vehículos (Reforma número 8.1).




9.El espacio de carga en vehículos industriales

Mito: En una furgoneta de segunda mano que aún mantiene su clasificación de carga pura, se pueden instalar asientos traseros adicionales sin pasar por laboratorio.

Realidad: Añadir plazas de asiento es una de las reformas más estrictas de la normativa actual. Requiere verificar que el chasis dispone de los puntos de anclaje originales de fábrica y un proyecto técnico visado por un ingeniero.

Fuente oficial: Reglamento (UE) 2018/858.




10.Pernocta en Espacios Naturales Protegidos de Canarias

Mito: Al estar en una isla, las leyes de costas locales permiten estacionar y dormir en primera línea de playa sin restricciones

. • Realidad: La Ley de Costas prohíbe el estacionamiento y la circulación en las zonas de dominio público marítimo-terrestre. Además, los Parques Nacionales de Canarias tienen sus propios Planes Rectores de Uso y Gestión (PRUG) que restringen la permanencia nocturna.

Fuente oficial: Ley 22/1988 de Costas (Artículo 25) y normativas de los Cabildos Insulares.